Declaran al distrito de Morrop贸n como “Cuna y Capital del Tondero y la
Cumanana”
ORDENANZA REGIONAL N潞 006-2003-GOB.REG.PIURA-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL
GOBIERNO REGIONAL PIURA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del
Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constituci贸n
Pol铆tica del Per煤 de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del
Cap铆tulo XIV del T铆tulo IV sobre Descentralizaci贸n - Ley N潞 27680, la Ley de
Bases de la Descentralizaci贸n - Ley N潞 27783, la Ley Org谩nica de Gobiernos
Regionales - Ley N潞 27867 y su Modificatoria Ley N潞 27902 y dem谩s Normas
Complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, el art铆culo 192 de la
Constituci贸n Pol铆tica del Per煤 de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del
Cap铆tulo XIV del T铆tulo IV sobre Descentralizaci贸n, Ley N潞 27680, establece que
es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o
servicios en materia de agricultura, pesquer铆a, industria, agroindustria,
comercio, turismo, energ铆a, miner铆a, red vial, comunicaciones, educaci贸n, salud
y medio ambiente, conforme a Ley;
Que, el art铆culo 10 de la
Ley Org谩nica de Gobiernos Regionales establece las Competencias exclusivas y
compartidas que la Constituci贸n le asigna a los Gobiernos Regionales indicando,
entre otras, la difusi贸n de la cultura y potenciaci贸n de todas las
instituciones art铆sticas y culturales regionales, asimismo el desarrollar
circuitos tur铆sticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo;
Que, mediante Resoluci贸n
Jefatural N潞 457, del 24 de agosto de 1993, el Instituto Nacional de Cultura
declara como Patrimonio Cultural de la Naci贸n al Tondero por ser una expresi贸n
propia del arte popular y del folkclore peruano que remonta sus or铆genes a las
vivencias del pueblo, constituyendo su g茅nesis en la jurisdicci贸n del distrito
de Morrop贸n, c谩lida y hospitalaria tierra, ancestral pueblo cuyo territorio
alberg贸 a culturas como la Vic煤s y la Tall谩n;
Que, somos una naci贸n con
historia, con expresiones culturales aut贸ctonas y mestizas, con tradiciones y
costumbres entre las cuales resplandece con luz propia el tondero, surgiendo de
la espont谩nea creatividad de sus gentes, as铆 la embajadora de la m煤sica peruana
Alicia Magui帽a, la investigadora piurana Pina Z煤帽iga de Riofr铆o, la cultora del
Tondero, Zelmy Rey, y el narrador Carlos Espinoza Le贸n, entre otros, sostienen
que la cuna del tondero es Morrop贸n;
Que, el distrito de Morrop贸n
ubicado en la provincia de Morrop贸n, departamento de Piura, tiene dos
manifestaciones culturales muy importantes, pues es la cuna de la danza
denominada “Tondero”, donde se simboliza un cortejo alegrado por una contagiosa
m煤sica, donde destaca como principal caracter铆stica el despliegue de gracia y
picard铆a de la mujer y el hombre morropano y, asimismo, los particulares versos
llamados “Cumananas”, los cuales surgen de la curiosa manera de expresarse de
la gente morropana, consistentes en versos compuestos, por lo general, de
cuatro renglones con los cuales se suele responder, iniciar un contrapunto,
expresar sentimientos y pareceres; y que mediante Resoluci贸n Directoral N潞
077-93/DDC-INC del 21 de octubre de 1993, el Instituto Nacional de Cultura
declara a Morrop贸n como la cuna y capital del tondero; y,
Que, estando a lo acordado
y aprobado por unanimidad en Sesi贸n Ordinaria N潞 07 del Consejo Regional Piura
del veintis茅is de mayo del 2003 y, con dispensa del tr谩mite de lectura y
aprobaci贸n del Acta;
Ha dado la ordenanza
Regional siguiente:
ORDENANZA PARA DECLARAR A MORROP脫N COMO “CUNA Y CAPITAL DEL TONDERO Y
LA CUMANANA”
Art铆culo Primero.- Declarar
al distrito de Morrop贸n, en la provincia de Morrop贸n, departamento de Piura,
como “Cuna y Capital del Tondero y La Cumanana” en m茅rito a leg铆timos derechos
hist贸ricos y culturales.
Art铆culo Segundo.- Declarar
como Patrimonio Cultural de la Regi贸n Piura a “La Cumanana” por ser expresi贸n
propia del arte popular y del folkclore morropano.
Art铆culo Tercero.- “El
Festival Nacional del Tondero y la Cumanana” tradicionalmente se realizar谩 cada
a帽o en el marco de la Festividad de “Nuestra Se帽ora de la Virgen del Carmen”
Patrona de la ciudad de Morrop贸n.
Art铆culo Cuarto.- La presente Ordenanza
entrar谩 en vigencia al d铆a siguiente de su publicaci贸n en el Diario Oficial El
Peruano.
Comun铆quese al se帽or
Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgaci贸n.
En Piura, a los veintis茅is
d铆as del mes de mayo del a帽o dos mil tres.
C脡SAR TRELLES LARA
Presidente del Consejo
Regional Piura
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del
Gobierno Regional, a los treinta d铆as del mes de mayo del a帽o dos mil tres.
C脡SAR TRELLES LARA
Presidente del Gobierno
Regional Piura